Ya me pensioné, ¿Cómo solicito mi ahorro?


¿Qué debo saber?

De acuerdo a la cuenta en la que se encuentren tus ahorros, debes seguir algunos pasos para solicitarlos, a continuación te mencionamos cuáles son:

Fondo de Ahorro 1972-1992

Este fondo está conformado por las aportaciones patronales realizadas entre 1972 y 1992. Estos ahorros no generaron rendimientos debido a la legislación vigente en ese momento.

¿Qué requisitos debo cubrir?

  • Si tienes Más de 50 años y más de un año sin trabajar: acude con tu NSS al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano.
  • En caso de tener una resolución de pensión del IMSS por incapacidad, invalidez o cesantía y vejez: llama a Infonatel y ten a la mano tu NSS y tu RFC.
  • Si eres jubilado por un plan privado: acude al Cesi más cercano con tu hoja de jubilación y una identificación oficial vigente para comenzar con tu trámite.
En caso de ser beneficiario de un pensionado que falleció: lleva al Cesi más cercano estos documentos.

Subcuenta de Vivienda 1992

A este fondo se destinaron las aportaciones patronales de 1992 a junio de 1997. Estos ahorros se entregan con los rendimientos que hayan generado hasta el momento de tu retiro.

¿Qué requisitos debo cubrir?

  • Tener 65 años o más.
  • Estar registrado en una Afore.
  • Solicita tus ahorros en la Afore en la que se encuentran. Entra a la página de Consar para informarte sobre los pasos a seguir.
  • Si te pensionaste después del 13 de enero de 2012, el Infonavit lo devolverá junto con el ahorro que tengas en la Subcuenta de vivienda 1997.

    Subcuenta de Vivienda 1997

    Esta cuenta se formó con las aportaciones que hizo tu patrón a partir del 1 de julio de 1997. Se te entregará tu ahorro con los rendimientos que haya generado hasta el momento de tu retiro.

    ¿Qué requisitos debo cubrir?

  • Contar con dictamen de pensión expedido por el IMSS con fecha posterior al 1° de julio de 1997.
  • No tener un crédito del Infonavit vigente.
  • Si eres beneficiario reconocido ante el IMSS, no requieres la designación de beneficiarios emitida por la Junta de Conciliación y Arbitraje. Según el caso en el que te encuentres, estos son los documentos que debes reunir para solicitarlo.
  • En caso de no ser beneficiario legal (cónyuge, descendiente, ascendiente o concubina) y, por lo tanto, no se cuenta con dictamen de pensión del titular finado(a), es indispensable acreditar esa condición mediante resolución de designación de beneficiarios emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
  • Si estás en proceso de aclaración de homonimia, es necesario concluirlo antes de iniciar el trámite de retiro.
Si te pensionaste despues del 13 de Enero de 2012 en Estoy pensionado desde Enero del 2012 ¿Cómo obtengo mi ahorro? te explicamos el tramite a seguir.

Realiza tu trámite en el Infonavit o en tu Afore:

  • Ante INFONAVIT

  1. Solicita en línea la devolución del saldo de subcuenta de vivienda
  2. Programa una cita

¿Qué debes llevar a tu cita?

  • Número de solicitud y número de cita.
  • Número de Seguridad Social (NSS), RFC, CURP.
  • Número de cuenta bancaria, puede ser la cuenta en la que el IMSS te deposita tu pensión.
  • Original y copia de tu credencial de elector vigente.
  • Original y copia de tu estado de cuenta bancario no mayor a dos meses.
  • Si presentaste una demanda laboral o un amparo indirecto y tienes resolución a favor: original y copia del laudo del juicio (carátula, resolución y firmas).
  • Si presentante una demanda laboral o un amparo indirecto y aún no tienes resolución: original y copia del desistimiento de tu demanda o amparo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o juzgado.

Ante tu AFORE

  1. Presentate en la AFORE
  2. Completa tu solicitud

¿Qué debes llevar a tu cita?

  • Número de Seguridad Social (NSS), RFC con homoclave y CURP.
  • Número de una cuenta bancaria.
  • Original y copia de tu credencial de elector vigente.
  • Original y copia de estado de cuenta bancario no mayor a dos meses.
Si tienes dudas comunicate a HCM Soluciones Notariales y un asesor certificado te atenderá.
Informacion obtenida de portalmx.infonavit.org.mx el 07 de Junio 2018.

Comentarios